b) La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Calidad. Junto a ello, el Comité de Seguridad y Salud, continuando la experiencia de comportamiento de una figura arraigada y tradicional de nuestro ordenamiento laboral, se configura